La resolución 15/2020, publicada en el Boletín Oficial, resolvió postergar el vencimiento previsto originalmente para el 15 de mayo próximo, en virtud de la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus.
Las empresas que debían presentar su declaración jurada correspondiente al pago del impuesto a los Ingresos Brutos del periodo fiscal 2019, podrán hacerlo hasta el 30 de junio próximo, a través de la resolución 15/2020 publicada en el Boletín Oficial.
La misma resolvió postergar el vencimiento previsto originalmente para el 15 de mayo próximo, en virtud de la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus, y a que distintas cámaras empresariales y asociaciones de profesionales solicitaron una prórroga.
La declaración jurada de Ingresos Brutos se efectiviza a través de la presentación del formulario CM05, que contiene la exteriorización de las bases imponibles y los pagos a cuenta en cada una de las jurisdicciones provinciales en las cuales el contribuyente realiza actividades.
También incluye los estados contables cerrados en el último ejercicio, con los respectivos ingresos y gastos de cada contribuyente.
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